Año 1, Nº 1 (2021) · Miscelánea · pp. 200-214

Pedro Zubieta y el curato de Chiquián

Adanaqué Velásquez, Raúl

Formatos: PDF · pp. 200-214 Resumen y metadatos

Pedro Zubieta y el curato de Chiquián

Raúl Adanaqué Velásquez

Los estudios regionales están destacando en estos tiempos por la necesidad de comprender al Perú en su conjunto. En este caso nos referimos a San Francisco de Chiquián, del corregimiento de Cajatambo y actualmente del departamento de Ancash. Asimismo, quiero recordar que Pedro de Zubieta Rojas fue cura y vicario en la doctrina de Chiquián y es considerado por sus habitantes como el fundador. Aquí, el testamento de tan ilustre personaje que además trasladó los restos del doctor Melchor de Liñán y Cisneros, VIII arzobispo de Lima, XXI virrey del Perú, de la bóveda de la catedral en que se entierran los arzobispos y canónigos ubicada en la parte subterránea al altar mayor y los colocó en la iglesia del Sagrario de dicha santa iglesia. A él este homenaje.

Palabras clave:

San Francisco de Chiquián | Melchor de Liñán y Cisneros | Menajes de casa | Reparto de herencia | Donación a monasterios.

Regional studies are highlighting in these times due to the need to understand Peru as a whole. In this case, we refer to San Francisco de Chiquián, from the Cajatambo district and currently from the department of Ancash. Likewise, remember that Pedro de Zubieta Rojas was priest and vicar in the doctrine of Chiquián and is considered by its inhabitants as the founder. Here, the testament of such an illustrious person who also transferred the remains of Dr. Melchor de Liñán y Cisneros, VIII Archbishop of Lima, XXI Viceroy of Peru, from the vault of the cathedral in which the archbishops and canons are buried located in the underground part to the main altar and placed them in the church of the Sagrario of said holy church. To him this tribute. San Francisco de Chiquián, Melchor de Liñán y Cisneros, Household items, Distribution of inheritance, Donation to monasteries.

1. Ubicación geográfica de Chiquián

Probablemente el nombre provenga de Se-

quiancocha , quedando como recuerdo su deri-

vado Chiquián , nos dice Filomeno Zubieta (2018:

8), como una de las dos acepciones de donde deriva el nombre. En la provincia de Bolognesi, conocida en la época colonial como región “Lampas” (Pereyra Plasencia 1989: 21-54) del Corregimiento de Cajatambo, incorporado por el virrey Francisco de Toledo y, actualmente forma parte del departamento de Ancash. Siguiendo al maestro Filomeno Zubieta (2018: 10-14), destacado estudioso de su región, la extensión territorial de Chiquián es de 184.16 km2. En la parte noreste de la provincia de Bolognesi. Con pisos altitudinales entre 2,000 msnm y 4.000 msnm. Tiene tres caseríos: Carcas, Cuspón y Mesapampa. Sus límites son: por el norte con el distrito de Aquia y Pampas Chico; por el sur con los distritos de Abelardo Pardo Lezameta y La Primavera; por el este con los distritos de Huasta y Pacllón; por el oeste con los distritos de Ticllos y Cajacay, todos de la provincia de Bolognesi. Cuenta con el río Aynín o Pativilca, que recibe las aguas de un conjunto de riachuelos con aguas permanentes que hace productiva la tierra. Así pues, Chiquián posee importantes recursos naturales en la flora y fauna silvestres, aunque la región de Lampas se vio favorecida por pastizales, ideal para la crianza ganadera (Pereyra Plasencia 1989: 36). Toda esta producción fue utilizada para abastecer a los obrajes del área.

2. Pedro Zubieta Rojas Don Pedro de Zubieta Rojas fue cura y vicario en la doctrina de San Francisco de Chiquián de la provincia de Cajatambo. El 12 de diciembre de 1705 llegó a Chiquián el Visitador General Francisco Cisneros y Mendoza y ya lo encontró ejerciendo su curato que duró por más de 20 años. Por ello, es considerado el fundador de la Doctrina (Zubieta 2018: 51). Por virtud de una permuta con su hermano Bernardo, pasó a regentar la iglesia de Pativilca (6-IX-1723) (Tauro 2001: 2837) 1 . Una doctrina, era, como se sabe, cierto conjunto específico de pueblos colocados bajo el cuidado de un cura o doctrinero que podía provenir de las filas del clero regular o secular. Por lo general, el nombre de la doctrina provenía de la denominación del más importante de sus pueblos (Pereyra Plasencia 1989: 31). Según Cosme Bueno, la doctrina de Chiquián quedó establecida de forma definitiva con los poblados de Huasta, Aquia, Matará y Chiquián (Pereyra Plasencia 1989: 31). Aunque, la reducción de San Francisco de Chiquián aparece recién citada en la documentación tardía de la primera mitad del siglo XVII. Pedro de Zubieta, hizo su testamento el 18 de marzo de 1741, siendo canónigo de la iglesia metropolitana. Natural de Lima. Hijo legítimo de Joseph de Zubieta y de Andrea de Rojas, ya difuntos, al momento de testar.

2.1 El ritual de la muerte

Confesó el misterio de la santísima trinidad, padre hijo y espíritu santo, tres personas realmente distintas y una esencia divina y en todo lo de-

más que tiene, cree, confiesa y enseña nuestra santa madre iglesia católica romana. Debajo de cuia fe y crehencia e vivido y protexto vivir y morir como católico y fiel cristiano ymbocando como ymboco por mi abogada e intercesora a la serenísima reyna de los angeles madre de Dios y señora nuestra. Y, continúa enumerando como santo de su nombre a San José, el santo ángel de la guarda, los santos apóstoles San Pedro y San Pablo, San Francisco de Asís, San Agustín y la Santa Rosa 2 y a todos los santos y santas de la corte celestial, para que intercedan con su divina majestad perdonen sus pecados y ponga su alma en carrera de salvación y, temiendo de la muerte, que es cosa natural a toda criatura humana, otorgó y ordenó su testamento en la forma siguiente: Primeramente, encomiendo mi alma a Dios que la crió y redimió con el precio infinito de su preciosa sangre y el cuerpo a la tierra del que fue formado. Mandó que cuando Dios lo lleve de la presente vida, se le pongan las vestiduras sacerdotales y se sepulte su cuerpo en la iglesia del monasterio de la Pura y Limpia Concepción de nuestra señora al pie del altar de San José que tenía hecho en la iglesia a su costa o en otra parte que parezca a mis albaceas. Pidió que su entierro se haga pobre, tarde y le acompañe la cruz alta, el cura y sacristán de su parroquia y 24 sacerdotes a quienes se les dará 2 Isabel Flores de Oliva, nació el 20 de abril, en Lima y murió el 24 de agosto de 1617. Canonizada por el Papa, Clemente X, en 1617.

tres pesos a cada uno y vela de cera de a media libra con cargo de una misa rezada y el acompañamiento que le pareciere a sus albaceas. Todo se pague de sus bienes. Además, deberían asistir a su entierro los niños huérfanos y se le entregará al mayordomo de dichos niños 50 pesos con cargo de una misa cantada con vigilia y responso. Asimismo, fue su voluntad que asistan las religiones de esta ciudad como son Nuestra Señora de la Merced, San Juan de Dios, San Francisco de Paula, a cantarle el credo y el responso y, al día siguiente de su entierro, cada comunidad diga una misa cantada con su vigilia y responso costeando la cera dejando de limosna, a cada religión, es decir a cada iglesia mencionada, 50 pesos de sus bienes. A las mandas forzosas y acostumbradas mandó 200 pesos. De ellos, 100 para redención de cautivos y los otros 100 se repartían, por mitad, entre peregrinación de sacerdotes y San Pedro de Roma. Asimismo, 100 pesos a los santos lugares de Jerusalén donde se obró nuestra redención. Un florín para ayudar a redimir niños cautivos que están en tierra de moros y todo se pague de sus bienes. Declaró ser hermano de la concordia de los se-

ñores sacerdotes y aclaró que había dicho las

misas por todos los fallecidos desde el año de 1697 y 1719, hecho que refrendó la misma hermandad volviéndose a asentar en el libro y, era su deseo, se cumpla por parte de dicha hermandad lo que era de su obligación. Fue voluntad de Pedro Zubieta que, desde el día siguiente de su entierro, se haga un novenario

de misas cantadas por los señores canónigos, sus compañeros, en la iglesia del Monasterio de Nuestra Señora de la Concepción en el altar de san José, dándose la limosna de 50 pesos por cada día asistido a dicho novenario el cabildo y demás ministros del coro y por oficiar la música de su entierro y, por este novenario, se les entregará a las religiosas y seglares que componen el coro de la música de dicho monasterio 200 pesos y la cera que en dicho novenario se gaste se costeará de sus bienes, se entiende al tiempo del responso y de la misa para que las velas vayan sirviendo en los días del novenario. Mandas a los hospitales. Mandó se den a los hospitales de San Andrés, (de españoles) Santa Ana (de indios), De La Caridad (mujeres españolas), San Bartolomé (de esclavos y libertos), los Betlemitas (refugio de incurables), Santo Toribio de Maravillas (de incurables), los incurables de San Pedro Alcántara, San Lázaro (leprosos), Del Espíritu Santo (gentes del mar y parientes), el del refugio y San Pedro (para curas), 50 pesos a cada uno con cargo de una misa cantada, vigilia y responso en el hospital. Mandas a los monasterios. Mandó a los monasterios de Nuestra Señora del Prado, Carmen Alto, Carmen Bajo, Trinitarias, Descalzas, Jesús María, Santa Rosa, las Mercedarias y las Nazarenas, 25 pesos a cada uno con cargo de una misa cantada con su vigilia. Nuestra Señora de la Concepción. Dispuso la construcción de un altar a San José en el Monasterio de Nuestra Señora de la Concepción

de Lima. Por el altar gastó más de 5,000 pesos. Además, el santo tiene su diadema de plata de realce dorada, su vara con su azucena de plata y seis cornucopias de plata de realce las cuales se entregarán a la madre vicaria que lo fuere de dicho monasterio. Incluyendo dos vestidos de brocado 3 y, para el adorno de su iglesia una colgadura de Damasco carmesí de Granada que costó 2,000 pesos. La colgadura se debe mantener en dicha iglesia, es decir Nuestra Señora de la Concepción, sin que los albaceas ni herederos puedan pretender derecho alguno. Colgadura que solamente se usará para la fiesta que se le hará a dicho glorioso santo. Además, se saquen de sus bienes 4,000 pesos para que se impongan al censo sobre fincas seguras cuyos réditos se invertirán en la forma que se expresa. También, dicha colgadura se utilizaría en el altar mayor en las fiestas de la purísima concepción y su obtavaria 4 para la semana santa y pascua hasta el lunes de cuasimodo 5 . Además, la colgadura no podía salir a otra parte porque de ser así, el testador la aplicaba y cedía al Monasterio de Nuestra Señora del Prado para que sirva en su iglesia porque ahí se congregaron sus tres hermanas legítimas de las cuales murió la mayor nombrada Silvestra de San Agustín y aún vivían dos que son Josepha Santa Rosa y Thomasa de San Pedro, a las tres dotó para que sean 3 En italiano broccato (En el documento: brocato. Tejido de lujo que da la impresión de estar bordado pero el efecto se debe a la trama superpuesta). 4 Ocho días de rezo. 5 La fiesta de cuasimodo es una celebración religiosa muy famosa, se realiza el primer domingo siguiente a la pascua de resurrección.

religiosas de velo negro a razón de 3,195 pesos, además de cera y propina. Probablemente, dicha cantidad ascendió a cada una de ellas. Mandas a los beaterios. A los beaterios, de Copacabana, Santa Rosa de Viterbo, el de las Recogidas de la Purísima, el de las Atormentadas y Nuestra Señora de Cocharcas, 25 pesos a cada uno con cargo de una misa cantada. Capellanía. Declaró regentar la capellanía fundada por el canónigo Francisco Hernández situada en una casa que está en la ciudad frentero de la puerta de Santa Apolonia que linda con casas de los herederos de Pedro de Castilla cuyo nombramiento se hizo por parte del cabildo eclesiástico y los documentos de su fundación estaba en el Archivo del juzgado eclesiástico o en la mesa capitular la cual fue tasada por el padre Cristóbal Caballero del Real y militar orden de Nuestra Señora de la Merced y maestro mayor de obras por su majestad conjuntamente con Juan Iñigo de Erazu que obtuvo el cargo en 6,486 pesos corrientes de a ocho reales para que con sus arrendamientos se dijesen las misas rezadas que correspondiesen a la limosna de dos pesos por cada una en cada año de las cuales ya dijo el testador 104 misas por la intención de dicho fundador que era el número que producía el arrendamiento de dicha casa. El año de 1738 necesitando dinero, el contador Juan de Barnachea, para ciertas oficinas a que la tiene destinada pidió en el juzgado eclesiástico se le rematará públicamente para lo cual la hizo tasar por medio de Santiago Rosales, maestro

subalterno de fábricas 6 , quien según su dictamen la apreció en la cantidad de 150 pesos de censo redimible en cada año, en perjuicio de la capellanía respecto de disminuir los sufragios a las benditas animas pues era preciso sujetar las misas a la renta que produjere y se perjudicarán los capellanes con el menoscabo de su renta y que no podía permitir porque solo era un usufructuario sin perjuicio a las ánimas ni a los sucesores de dicha capellanía. No obstante, a instancias de Andrés de Munibe arcediano de la iglesia, provisor y vicario general el arzobispado y el marqués de Casa Concha del consejo de su majestad y oidor decano de la Real Audiencia, se interpusieron para que se permita el remate, lo ejecuté exteriormente solo a fin de excusar enemistades y malos afectos que se me pudiera haber originado y para evitar este inconveniente valiéndome de lo que el derecho me permite en tales casos resguardar mi derecho a salvo y poder usar de mi recurso contra dicho remate y reclame del que se hubiese hacer de la expresada casa para que este no corriese respecto de que mi consentimiento sólo había sido por los respectos de los señores arriba expresados según consta de la exclamación que otorgué ante José de Torres escribano real el 16 de noviembre de 1738 sobre el cual había determinado presentarse en juicio. Cofradía. Mandó 25 pesos a la cofradía del dulce nombre de Jesús fundada en la iglesia del convento grande Santo Domingo. 6 Para la reedificación o restauración de la iglesia.

2.2 Bienes del mundo

Declaró por sus bienes 3,000 pesos que están en poder del tesorero de la mesa capitular que retiene en su poder para entregarlos después de la muerte de cada canónigo los cuales se irán cobrando según la costumbre de la mesada. Dispuso que, de mis bienes, se saquen 1,000 pesos y se digan otras tantas misas rezadas a disposición de sus albaceas repartiendo a los conventos de la ciudad, entre los sacerdotes pobres, no excediendo en estos arriba de cuatro pesos, y a los dichos conventos 40 pesos a cada uno. Asimismo, se saquen de sus bienes 600 pesos y se repartan por iguales partes entre María Josepha y Jordana de Bidaurreta, sus primas hermanas, y a falta de una suceda la otra en dicha cantidad. Por otra parte, se cuentan como sus bienes 3,500 pesos, de a ocho reales, que estaban en poder de Juan Antonio Tagle Bracho, caballero del Orden de Calatrava, como consta en la escritura ante Salvador Gerónimo de Portalanza, escribano de provincia fechada en 26 de junio de 1739. Además, le era deudor el dicho Juan Antonio Tagle de 10,211 pesos y 7 reales del importe de unos géneros de Castilla. Por ello, pidió que sus albaceas recauden dichas cantidades. Otro deudor fue, Domingo de Negreiros, vecino de Panamá, de 4,300 pesos por vales y cartas misivas que tenía en su poder. Pidió que se cobre dicha deuda. En poder de Juan Antonio Tagle estaban 900 pesos en depósito los mismos que pertenecían al principal de un ramo de la capellanía que be-

neficiaba a las religiosas difuntas del Convento de la Concepción que estaba impuesto en la casa que fue de Francisco de Ugarte en la esquina de San Juan de Dios y compró el general Jacinto de Segurola quien redimió dicho censo. Nuestro estudiado, tenía tratado de comprar una celda grande alta que poseían por suya propia Magdalena de Lamba y Francisca de Lamba, donadas profesas de dicho monasterio en precio de 1,500 pesos en que se tasó a cuya cuenta había satisfecho 750 pesos según recibo, aunque la escritura de venta no se había realizado por no haber presentado el instrumento en virtud de ¿cómo la celda era de las dichas Magdalena y Francisca? por cuyo motivo no se pudo dar cumplimiento del entero. Por lo tanto, rogaba que se haga la escritura para efectuar el cumplimento. Fue voluntad, de Pedro Zubieta, que la celda la gocen y vivan en ella, durante los días de su vida, Silvestra, María Josepha y Rosa Gabriela de Zubieta seglares en dicho Monasterio de la Concepción y después de ellas, María Gertrudis y María Jacoba Zubieta negrita a quien tenía otorgada su libertad y, acabados sus días se venda la celda y el dinero se imponga a censo para aumento de la capellanía de las monjas difuntas y los réditos los llevará el capellán que sirviere dicha capellanía y hará la misas por las ánimas de dichas religiosas a razón de tres pesos cada una. Esclavos. Declaró por sus bienes cuatro esclavos varones con los nombres Diego, de casta congo, Juan Y gnacio, de casta congo; Joseph, de casta popoo y Manuel, de casta mina. Asimismo, una negra María Francisca, de casta mina,

con un hijito. Era voluntad del testador que dichos esclavos queden en poder de Silvestra, María Josepha y Rosa Gabriela de Zubiate, seglares en el dicho Monasterio de la Concepción para que se partan entre ellas y por falta de y, a falta de ellas, las suceda Pedro del Campo Zubieta, su ahijado. Es decir, sus esclavos seguirían en esa condición por mucho tiempo más. Plata. Por sus bienes declaró 100 marcos 7 más o menos de plata labrada en diferentes piezas. Era su voluntad que toda la plata labrada que se lograra ubicar después de su fallecimiento se reparta entre las dichas Silvestra, María Josepha y Rosa Gabriela de Zubiate, seglares en dicho Monasterio de la Concepción y a falta de la dicha Silvestra sucedan las otras y a falta total suceda Pedro de Zubieta, su ahijado. Menaje de casa. En cuanto al menaje de casa, calesa de su uso, sillas, lienzos y demás que se hallare del adorno ordenó se repartan entre las expresadas y a falta de la dicha Silvestra suceda en su lugar Pedro del Campo Zubieta, su ahijado. Ropa. Su ropa blanca, de color y todos sus hábitos, luego de tasados, se le entregue al padre Prepósito 8 que es o fuere de la congregación del oratorio de San Felipe Neri, para que por su mano se reparta entre los sacerdotes de dicha congregación y digan las misas correspondientes a su valor. 7 Aproximadamente 50 libras de peso. 22.5 kilos. 1 libra es igual a 0.45 kilos. 8 Refiere al primero y principal en una junta o comunidad religiosa. Superior de algunas religiones o comunidades religiosas.

Declaró por sus bienes un alba 9 de puntas con sus encajes, ya usada, y un amito 10 de encajes nevados viejo el cual le dio su madre cuando se ordenó y pidió que, cuando muera, sea sepultado en su cuerpo. Declaró por sus bienes cinco casullas 11 , una de brocato blanco, otra de brocato carmesí, otra de manopla morada, otra de brocato verde, otra de brocato negro cada una con su cíngulo 12 de tela, bolsa, corporales, hijuela y barba palia 13 y cinco albas, la una de encaje nevados de pitiflor con su amito de nevados, otra de cortados con encajes nevados servida con su amito de lo mismo, otra de puntas capitanas de media vara de ancho con su amito de encajes nevados, otra de encajes chambergos con su amito de dichos encajes y otra de encajes nevados con su amito de pitiflor nuevo. Un cáliz de oro y sus vinajeras de plata dorada, un misal forrado en terciopelo carmesí con sus cantoneras de plata y dichas casullas, albas y todo lo demás expresado en esta cláusula remitirán mis albaceas a la doctrina de Chiquián a entregar a los caciques y principa9 El alba es una prenda larga de lino blanco que es utilizada en los ritos cristianos por el sacerdote, el diácono y los demás ministros del altar en diferentes celebraciones religiosas. Se llama así por su color blanco y proviene de la túnica talaris romana. 10 Vestidura de lienzo blanco, con una cruz en medio, que el sacerdote se pone sobre la espalda y los hombros para celebrar algunos actos religiosos y sobre la que se ponen otras vestiduras ceremoniales como el alba o la casulla. 11 Vestidura que se pone el sacerdote sobre el alba para celebrar misa, consistente en una pieza alargada con una abertura central para pasar la cabeza sin mangas y que cae por delante y por detrás en dos partes iguales y redondeadas. 12 Cordón con una borla en cada extremo con que los sacerdotes católicos se ciñen el alba a la cintura. 13 Se llama palia al trozo de tela cuadrado, usualmente reforzado con almidón, que se usa para tapar el cáliz durante la misa.

les de dicha doctrina para que sirvan en las tres iglesias y en la capilla del obraje 14 , asimismo, remitirían sus albaceas, a la doctrina de Chiquián y, entregarán a los caciques y principales tres sobrepellices 15 con sus garrieles para que sirvan al señor sacramentado en las tres iglesias expresadas y se cumpla por sus albaceas con toda prontitud. Casas. Era su voluntad que, a Manuel del Castillo, su ahijado, hijo legítimo de Nicolás del Castillo y de Josepha de Aya, viracochas 16 , vecinos de la doctrina de Chiquián se le ceda un cuarto de dos piezas que está en el zaguán 17 con la puerta para el río de la dicha su casa en la calle de la puerta falsa de San Francisco. Dicho cuarto se lo aplicó por su propia voluntad, viva en él los días de su vida y si muriese y sobreviviese su madre y viniese a la ciudad de Lima les dejaba el citado cuarto para que viva el resto de su vida y si no viniere la madre, el ahijado podía arrendar el cuarto mientras viva. 14 Se refería al obraje de la Concepción de Picos, enclavado en el corazón del territorio de Lampas, cerca de los pueblos de Huasta y Chiquián, a escasos 4 leguas. Quedó el nombre de una hacienda llamada Obraje. Según las cláusulas del acuerdo entre el capitán Martín de Asedo, camarero del virrey Esquilache y el encomendero Juan Blázquez de Valverde, el obraje debía disponer de por lo menos 100 tornos “con sus husos y cigüeñuelas” y de 40 pares de cardas con asignación oficial de 42 tributarios y 97 muchachos, reclutados de Chiquián, Huasta, Aquia, Matará, Roca y Ticllos. Tiempo después se denunciaba que el obraje congregaba 250 feligreses (Pereyra Plasencia 1989, No. 16:37-38). 15 Sobrepelliz. Prenda larga y amplia, de tela blanca y fina y con las mangas muy anchas que lleva sobre la sotana el sacerdote, y a veces otras personas que ayudan en las funciones de la iglesia. 16 Ancianos. 17 Sala o pieza de una casa inmediata a la puerta principal de entrada. Sinónimo: recibidor.

Censos. Mandó que luego que se encuentre una finca segura a satisfacción de los albaceas, impongan a censo redimible , a razón de cuatro o cinco por ciento, como pudieren 4,000 pesos para que de sus réditos se costee todos los años la Fiesta del patrocinio el tercer domingo de pascua de resurrección al gloriosos San José que está en la iglesia del dicho monasterio de Nuestra Señora de la Concepción que tengo fabricado a mi costa cuya renta se distribuiría en la forma siguiente: 70 pesos se entregarán al cabildo eclesiástico por su asistencia y misa cantada y que asista en procesión con el santo desde la iglesia mayor. Otros 12 pesos al predicador por el sermón y el resto de los 78 pesos que quedaren (siendo los réditos a razón de cuatro por ciento), se convertirán los 16 pesos y cuatro reales en once misas rezadas a razón de doce reales por la limosna de cada una, el día 19 de cada mes. Otros 12 pesos para las religiosas que oficiaron la misa con su música y, el resto que quedaba, se convertiría en el costo de la cera, flores y demás necesario para dicha fiesta y nombró por patrón de esta buena memoria para que cuide de la dicha fiesta y cobre la renta al canónigo más antiguo de dicha iglesia. Declaró una casa y casitas accesorias con cinco puertas a la calle en que se encuentran dos cocheras que estaban en la calle, de la puerta falsa del señor San Francisco, que compró de Michaela Moreno, ya difunta, por escritura ante Gregorio de Urtazo, escribano público en diciembre de 1724 18 , en precio de 14,000 pesos 18 Corregido en el documento: 25

de a ocho reales. Los 5,000 pesos de contado y los 9,000 se quedarían a censo redimible sobre dicha casa de que tiene redimidos 2000 pesos, los 1000 que pertenecían al canónigo de la santa iglesia Fernando Román, y los otros 1000 pesos a los propios de esta ciudad cuyas cancelaciones existían en su poder y, actualmente (1741) son a censo 7,000 pesos de principal a razón de 4 % perteneciente a la cofradía de la pura y limpia concepción de nuestra señora fundada en la iglesia del convento de San francisco, los cuales tenía la intención de redimir los dichos 7,000 pesos para que la casa quede libre y los réditos de los 7,000 pesos estaban pagados hasta diciembre de 1736. Era su voluntad que de lo que reditúe dicha casa, pagados los réditos, de dicho censo o redimido después de sus días, lo gocen igualmente Silvestra, María Josepha y Rosa Gabriela Zubieta, seglares en dicho Monasterio de Nuestra Señora de la Concepción y a falta de la dicha Silvestra suceda en su lugar Pedro del Campo y Zubieta, el ya tantas veces mencionado ahijado y, a falta de todos, era su voluntad fundar, como desde ahora para entonces, fundó un aniversario de misas y buena memoria libre y exempta (sic) de la jurisdicción eclesiástica que se a, de servir, por los religiosos del convento de San Francisco en la iglesia de este convento de Lima con la obligación de decir en cada año las misas que alcanzare la renta a razón de cuatro pesos por la limosna de cada una aplicadas para salvar

las almas de los indios y viracochas que habían fallecido y fallecieron en la doctrina de Chiquián donde fue cura por si les fuere en algún cargo y nombró por patrón de esta buena memoria al padre guardián, que es o fuere, del dicho convento de San Francisco. Acreedor. El año 1719, su hermano Manuel de Zubieta salió a los reinos de España. Ahí se obligó pagarle a Miguel de Eguiguren, 7,020 pesos de que le era deudor por escritura, los cuales “les satisfice en columnas” y se chanceló la dicha escritura dejando en su poder unas yuntas para que las vendiese y no las pudo vender inmediatamente demorando ocho años y la cantidad de dinero por su venta no alcanzó a cubrir los dichos 7020 pesos, aunque para su cumplimiento me libró mil y tantos pesos en Juan Joseph de Y turribalsaga de quien los recibió. Mandó a sus albaceas recombengan buenamente al dicho mi hermano para que, si hallare en el fuero de su conciencia deber alguna cantidad por razón de los intereses que debió pagar en más de ocho años que estuvo careciendo de los dichos 7020 pesos, la cantidad que así fuere, la agreguen al cuerpo de sus bienes y solamente sus albaceas estarán a lo que diga el dicho su hermano. El mismo año de 1719, entregó a su hermano Manuel de Zubieta 1,158 marcos de plata blanca los cuales llevó de su cuenta y riesgo para las pretensiones del dicho Pedro, en España con la idea de que solo usase de 4000 pesos para este fin y que del resto dará cuenta y aunque éste la remitió como si hubiera gastado el total de los

1,158 marcos, no quedó satisfecho en el fuero de la conciencia de dicha cuenta y el motivo que tuvo para no reclamar fue “por no tener disturbios entre hermanos”. Si mi hermano en su conciencia considere deberme cantidad de dinero y lo entregara voluntariamente, dicha cantidad, se debe entregar a mis hermanas Josepha de Santa Rosa y Thomasa de San Pedro, religiosas de velo negro del Monasterio de Nuestra Señora del Prado que se repartan en partes iguales y que por esto los albaceas no se presenten a juicio y la cantidad depende a lo que dijere el dicho su hermano. Asimismo, en poder de su hermano Manuel Zubieta, estaba un escaparate de la otra costa el mismo que pertenecía a Esteban de Sarramendi, su primo, vecino de Guatemala. Los albaceas debían recaudar o en su defecto el justo precio para que cada uno entregue a su primo. Declaró le debían de los bienes de Salvador de Aramburú 8,000 pesos de resto de 15,000 que se había obligado a pagar, conjuntamente con Manuel Victoriano Pérez, por escritura otorgada ante Marcos de Useda, escribano de provincia el 29 de abril de 1728. Igualmente, José de Esquivel, le debía 1,489 pesos que se obligó pagar, con Gregorio de Acevedo, por la escritura otorgada ante Francisco Estacio Melendez, escribano público, el 11 de noviembre de 1723 y pidió cobren por sus bienes. Deudor. Juró dar y pagar al capitán Rodrigo de Ceballos y Bedoya, mil pesos de a ocho

reales por lo que le debía del alférez, Domingo Martínez de Gamarra, con declaración que la deuda era de mil trescientos pesos y que los trescientos lo remitió al dicho Rodrigo, por hacerle bien y buena obra a la viuda del dicho difunto, Juana Bermúdez, que asiste en la provincia de Cajatambo por ser pobre y cuya deuda constaba, por escritura pública de obligación, de plazo cumplido, de fecha 18 de marzo de 1710. Del resto de la deuda, decía Pedro Zubieta, “me doy por contento y entregado a mi voluntad y porque su recibo de presente

no parece renovado las leyes de la non

numerata pecunia y entrega nueva del

recibo y demás deste caso” Se obligó a pagar al dicho Rodrigo de Ceballos y Bedoya, o a quien esta causa hubiere y la cobranza para la fecha de esta escritura, en un año de tal manera que la mitad en seis meses y la otra mitad en el término del año, en ropa de la tierra que le remitiera, al dicho Rodrigo, de acuerdo a los precios que pudiere y a los precios que vendiere dicha ropa y sería creído y aceptado por su simple juramento. Fecha en la ciudad de Lima el 28 de enero de 1712, siendo testigos Melchor de Paredes, Francisco de Figueroa y José Gómez. Se canceló la deuda el 3 de noviembre de 1713, en ropa, dos mil varas de ropa de la tierra por medio de don Andrés de Arce, caballero del orden de Santiago.

3. Melchor de Liñán y Cisneros (Tordelaguna 1629 – Lima 1708) 19 Pedro de Zubieta, declaró que por el año de 1739 trasladó los huesos del excelentísimo doctor Melchor de Liñan y Cisneros, VIII arzobispo de Lima, XXI virrey del Perú, de la bóveda de la catedral en que se entierran los arzobispos y canónigos ubicada en la parte subterránea al altar mayor y los colocó en la iglesia del Sagrario de dicha santa iglesia y, además, le hizo un sepulcro con su imagen de rodillas adorando al santísimo sacramento en el lado del evangelio y “en signo de haber sido su capellán”, era su voluntad se aparten 1000 pesos de sus bienes y se entregue a los señores venerables deán y cabildo para que el señor racionero más antiguo, de dicha santa iglesia, los imponga a censo y con sus réditos se le cante todos los años por dichos señores una misa con su vigilia y responso el día 27 de junio víspera de San Pedro, fecha en que murió. Incluyéndose, según la costumbre de dicha santa iglesia, se encomiende a Dios el alma de dicho señor arzobispo y si llegare el caso de que se redima dicho principal será preocupación especial que debe tener, el racionero, en solicitar finca segura para volver a imponer a 19 Melchor de Liñán y Cisneros (Tordelaguna 1629 – Lima 1708), XXI virrey y VIII arzobispo de Lima. Fue teólogo por la Universidad de Alcalá. Párroco en San Salvador (1660-1664), obispo de Santa Marta (30-VIII-1664), obispo de Cartagena (VI-1665), obispo de Popayán (22-VI-1666), gobernador interino de Nueva Granada y presidente de la Real Audiencia de Santa Fe (5-XII-1670), arzobispo de Charcas (15-IX-1671). Llegó a Lima el 17-I-1675 y tomó posesión de ella el 12-VIII-1675, exaltado a la arquidiócesis de Lima (14-XII-1676) y fue recibido en el Cabildo metropolitano el 13-II-1678 y como virrey (7-VII-1678). Cedió su gobierno al Duque de la Palata el 2-XI-1681. Murió el 28-VI1708. Por sus bienes, se recaudaron por expoleos 857 pesos 4 reales (Moreyra Paz Soldán 1995, T.III:484).

censo la misma cantidad concurriendo a una nueva escritura cobrando la renta y continuar con las misas que para ello le otorgaba poder sin limitación alguna.

3.1 Albacea de su padre

Fue albacea y tenedor de bienes de su padre, Joseph de Zubieta, y por su muerte no quedaron más bienes que una casa principal en el puerto del Callao, con sus casitas accesorias en la calle que va del convento de San Francisco al de Santo Domingo, sobre la cual se había impuesto un censo de 1,000 pesos de principal a favor de la casa de niños expósitos de esta ciudad de Lima a razón de 5%. Otros 1,000 pesos a favor de la cofradía del glorioso San Antonio de dicho puerto del Callao y 1,800 pesos de principal que su padre impuso a censo para el costo del grado de su hermano Joseph de Zubieta, el año de 1710, los cuales pertenecían a la capellanía de las religiosas difuntas de Nuestra Señora de la Concepción de esta ciudad que fundó la madre Inés de Rivera, primer abadesa y fundadora que fue de dicho monasterio por las ánimas de dichas religiosas difuntas de la cual era el actual capellán propietario y se están debiendo los réditos desde 1710 hasta el de hoy (1741). Era su voluntad que los réditos que importarán hasta el día de su fallecimiento se agreguen al dicho principal para que aumente la renta y el número de las misas a razón de 3 pesos por la limosna de cada una cuya cantidad señaló el excelentísimo e ilustrísimo Melchor de Liñán y Cisneros con quien consulté esta materia. Así, dejaba en orden y tenía, entonces, cumplidas las disposiciones de su padre.

3.2 Albaceas de sus bienes

Dejó por sus albaceas y tenedores de bienes a Juan de Oyarsabal, canónigo penitenciario 20 de la iglesia metropolitana y, en segundo lugar, a Manuel Fernández, prebendado de dicha iglesia para que cada uno venda y remate mis bienes sin limitación alguna.

3.3 Heredero universal

Nombró por su universal heredera con el remanente que quedare de todos sus bienes a su alma , para lo que así fuere se convierta en fundar un aniversario de misas patronato de legos libre y exento de la jurisdicción eclesiástica con obligación de los capellanes de decir, o mandar decir, en cada un año las misas correspondientes a la limosna de 4 pesos por cada una en los días partes y lugares que les pareciere aplicadas por su alma y las de sus padres y hermanos y, demás personas de su obligación a quienes pueda hacer encargo de alguna cosa. Nombró por su capellán propietario de este aniversario a Juan de Oyarzabal y después de sus días a Manuel Fernández y a falta de este a Pedro del Campo y Zubieta, su ahijado, niño de edad de ocho años que estaba siendo criado por Silvestra de Zubieta y después de los días del ahijado, a mi hermano, Bernardo de Zubieta cura rector de esta santa iglesia y por la de este a Juan Joseph de Zubieta mi hermano y a falta de todos los expresados a los hijos legítimos y descendientes del Juan Joseph, mi hermano, prefiriendo el mayor al menor y el varón a la hembra y, a falta 20 El que se ocupa de administrar el sacramento de la penitencia para algunos pecados cuya absolución está reservada.

de estos a todos mis parientes por línea paterna como por la materna y no habiendo, nombrará el patrón capellán que sea clérigo pobre y virtuoso. Nombró por patrón fijo y perpetuo al padre guardián que fuere de la religión de descalzos de San Francisco a quién le da poder, para realizar todo lo concerniente a esta disposición, a sus albaceas para que dicha fundación sea en fincas seguras asegurando el principal y que su renta se pueda cobrar sin perjuicio alguno. 4. Conclusión Pedro de Zubieta, fue un cura que destacó en la historia de Chiquián. Dos años antes de morir, dictó su testamento y dispuso que sus bienes sean aprovechados por sus parientes directos. Dejó como heredera a su alma. Natural de Lima y no del Callao como lo pone en signo de interrogación, Alberto Tauro del Pino. Dejó mucha limosna entre monasterios, beaterios y hospitales. Siempre tuvo problemas en cuanto a la rendición de cuentas económicas con su hermano, Manuel de Zubieta. Distribuyó sus bienes entre sus hermanos, primos y ahijado. En el orden de masculino a femenino como herederos elegidos.

Bibliografía

Fuentes primarias:

ARCHIVO GENERAL DE LA NACIÓN (AGN) AGN. Registro Notarial. Escribano Nicolás de Figueroa. Año 1712. Protocolo número 481. Folios 40-41v. AGN. Registro Notarial. Escribano Francisco Estacio Melendez. Año 1743. Protocolo número 365. Folios 250-260v. AGN. Registro Notarial. Escribano Diego Cayetano Vásquez. Año 1732. Protocolo número 1173. Folio 22.

Fuentes secundarias:

Gamarra Espinoza, Héctor. (2003). Historia de Chiquián. Hombres del agua clara 1470 a 2003. Con apuntes para la historia de la provincia . Lima. Imprenta Roxana. Moreyra Paz Soldán, Manuel. (1995). Estudios históricos. La moneda colonial y republicana . Tomo III. Lima: PUCP-IRA, Superintendencia de Banca y Seguros. Pereyra Plasencia, Hugo. (1989). “Chiquián y la región de Lampa entre los siglos XVI y XVII. Una hipótesis sobre el origen de las campañas de extirpación de idolatrías en el arzobispado de Lima”. Lima, Boletín del Instituto Riva-Agüero , 16: 21-54. Tauro del Pino, Alberto. (2001). Enciclopedia ilustrada del Perú. Síntesis del conocimiento integral del Perú, desde sus orígenes hasta la actualidad. Tomo 17. Lima: PEISA, Empresa Editora El Comercio S.A. Zubieta Núñez, Filomeno. (2018). Chiquián. Geografía, Historia y Cultura. Huacho: Gráfica “Imagen”.

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